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Convenio Residencias Asturias 2026: Ratios y Tablas Salariales

·14 min de lectura

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Tabla de contenidos

  1. 1. Normativa aplicable
  2. 2. Ratios según el grado de dependencia
  3. 3. Jornada de trabajo: evolución anual según el convenio aplicable
  4. 4. Tablas salariales
  5. 5. Diferencias entre Asturias y el convenio estatal
  6. 6. Festivos del sector en Asturias
Foto de Nicolás López

Escrito por Nicolás López

En este artículo detallamos qué convenio corresponde a una residencia privada en Asturias, cómo cambian las ratios por grado de dependencia, la evolución de la jornada anual, las tablas salariales de referencia y los festivos que deben entrar en el cuadrante. Para el marco general de jornada y turnos consulta también el artículo del convenio estatal.

1.Normativa aplicable

La regla para una residencia privada de mayores en Asturias es clara: se aplica el VIII Convenio Marco Estatal de Servicios de Atención a las Personas Dependientes). Su ámbito incluye residencias de mayores, centros de día, centros de noche y viviendas tuteladas de gestión privada en todo el territorio español.

El convenio tuvo vigencia inicial hasta el 31 de diciembre de 2025. Su artículo 8 establece que, tras la denuncia y mientras se negocia el nuevo texto, el contenido íntegro se prorroga provisionalmente hasta que exista acuerdo expreso. En 2026, por tanto, sigue siendo la referencia laboral de las residencias privadas mientras se negocia el IX Convenio Marco Estatal.

Qué queda fuera

Centro o servicioNorma laboral que suele corresponderPor qué
Residencia privada de mayoresVIII Convenio Marco Estatal de la DependenciaActividad residencial y gestión privada
Residencia concertada gestionada por empresa privadaVIII Convenio Marco Estatal de la DependenciaLa financiación pública no cambia por sí sola la titularidad o gestión privada
Centro del ERA o de gestión y titularidad públicasMarco de empleo público que correspondaEl convenio estatal excluye los centros y empresas públicos
Ayuda a domicilio y servicios incluidos en su ámbitoConvenio asturiano de SAD y afines, si procedeEs un ámbito funcional distinto
Clínica u hospital privadoConvenio sanitario, si la asistencia sanitaria es la actividad principalEl convenio estatal excluye los cuidados sanitarios específicos como actividad fundamental

La confusión con el convenio asturiano de SAD

El Convenio Colectivo de Servicios de Ayuda a Domicilio, Centros de Día y Afines del Principado de Asturias excluye expresamente los geriátricos y las residencias de ancianos. Por eso no debe utilizarse su jornada ni sus tablas para una residencia privada solo por estar situada en Asturias. Antes de revisar una nómina, confirma la actividad real del centro, la empresa empleadora y si existe un convenio de empresa o condición individual más favorable.

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2.Ratios según el grado de dependencia

Los ratios no los fija el convenio laboral: derivan de la normativa de autorización y acreditación de centros del Principado. La Resolución asturiana de 22 de junio de 2009 exige que la ratio global se mantenga durante todo el año y la diferencia según la situación de dependencia de cada persona usuaria.

Perfil de la persona usuariaRatio global mínima en residencia de mayoresEquivalencia orientativa por 100 plazas del mismo perfil
No dependiente0,20 profesionales por persona usuaria20 profesionales
Dependencia grado I0,32 profesionales por persona usuaria32 profesionales
Dependencia grado II0,45 profesionales por persona usuaria45 profesionales
Dependencia grado III0,47 profesionales por persona usuaria47 profesionales

La tabla es una ratio global anual: no equivale al número de personas que debe haber en un turno concreto ni permite prescindir de los perfiles profesionales exigibles. Para una residencia mixta, se calcula cada grupo de plazas por separado y se suman los resultados. Por ejemplo, con 10 personas no dependientes, 20 de grado I, 15 de grado II y 5 de grado III, el resultado de la ratio global es 17,5 profesionales.

Mínimos por turno que debe respetar el cuadrante

Entre las 8:00 y las 22:00, el personal presente no puede bajar del 25 % del total exigible. Entre las 22:00 y las 8:00 deben permanecer al menos dos personas, una de ellas de atención directa; a partir de 100 personas usuarias se suma una persona de atención directa por cada 50 personas o fracción. La norma contempla una excepción limitada para residencias de hasta 25 plazas que dispongan de guardia localizada y puedan garantizar presencia efectiva en 20 minutos.

Esto explica por qué una plantilla puede cumplir la ratio anual y, aun así, tener un cuadrante insuficiente: hay que cruzar ratio global, presencia por franja, descansos y cualificación de cada puesto.

3.Jornada de trabajo: evolución anual según el convenio aplicable

La jornada anual no depende de la categoría profesional, sino del servicio y del convenio que corresponde a cada persona. Para una residencia privada de mayores se aplica el bloque de «resto de ámbitos» del convenio estatal; para ayuda a domicilio, el propio convenio prevé una jornada distinta. Esta es la evolución que debe usarse al revisar cuadrantes de años anteriores o contratos que cambian de servicio.

AñoResidencias privadas y resto de ámbitosAyuda a domicilioDiferencia
20231.792 horas1.755 horas37 horas
20241.784 horas1.747 horas37 horas
Desde 2025, incluido 2026 mientras continúa la ultraactividad1.772 horas1.735 horas37 horas

Cómo trasladar las 1.772 horas al cuadrante

En una residencia privada, la jornada máxima actual se controla en cómputo semestral: la referencia es 886 horas por semestre antes de aplicar proporcionalidad por alta, baja o jornada parcial. La empresa puede distribuir irregularmente hasta el 10 % de la jornada, pero esa flexibilidad no elimina el límite anual ni los descansos.

El convenio también impone estas reglas prácticas: máximo ordinario de nueve horas de trabajo efectivo al día salvo acuerdo en los términos previstos, al menos doce horas entre el final de una jornada y el inicio de la siguiente, descanso de 15 minutos como trabajo efectivo en jornadas continuadas superiores a seis horas y calendario laboral de turnos y horarios durante el primer mes del año.

La persona trabajadora de SAD no debe incorporarse al cómputo de 1.772 horas solo porque la empresa tenga una residencia: la jornada correcta es la que determina el servicio y el convenio aplicable a su relación laboral.

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4.Tablas salariales

La última tabla salarial incorporada expresamente al anexo I del VIII Convenio es la de 2025. Para 2026, el artículo 8 prevé que, mientras el convenio esté prorrogado, los conceptos retributivos aumenten en enero en la misma cuantía que el IPC real del año anterior. El IPC anual de diciembre de 2025 fue del 2,9 %, según el INE.

La siguiente tabla ofrece una referencia calculada aplicando ese 2,9 % sobre las cuantías publicadas de 2025. No sustituye una eventual tabla o acta de la Comisión Paritaria; antes de cerrar nóminas conviene contrastarla con la documentación laboral aplicable en la empresa.

CategoríaBase mensual 2026*Domingo/festivo por jornada*Hora nocturna*Festivo especial*
Director/a2.164,62 €22,41 €4,23 €71,71 €
ATS/DUE1.613,43 €22,41 €3,15 €53,47 €
Trabajador/a social, fisioterapeuta o terapeuta ocupacional1.498,20 €22,41 €2,93 €49,65 €
TASOC, oficial administrativo o de mantenimiento1.213,52 €22,41 €2,36 €40,21 €
Gerocultor/a, conductor/a o cocinero/a1.194,02 €22,41 €2,33 €39,57 €
Limpiador/a, pinche de cocina o personal no cualificado1.082,31 €22,41 €2,11 €35,86 €

*Referencia resultante de multiplicar la tabla 2025 por 1,029 y redondear a céntimos. Las cuantías de domingo/festivo se devengan por jornada trabajada, con independencia de las horas; la nocturnidad corresponde a las horas entre las 22:00 y las 7:00.

SMI: el suelo que no puede perderse de vista

El SMI de 2026 asciende a 1.221 € mensuales y 17.094 € anuales a jornada completa. La comparación se hace con la retribución salarial total anual computable, no solo con el salario base de esta tabla. Si el total queda por debajo del SMI, la empresa debe complementarlo hasta ese mínimo; si lo supera, el SMI no altera por sí mismo la estructura de conceptos.

Además del salario base, revisa antigüedad por trienios, dos pagas extraordinarias, nocturnidad, domingos y festivos, festivos especiales, disponibilidad y horas extraordinarias. Para el detalle completo por categorías, consulta las tablas salariales de residencias.

5.Diferencias entre Asturias y el convenio estatal

No existe una «tabla asturiana» que sustituya, para todas las residencias privadas, la regulación laboral estatal de dependencia. La diferencia práctica es de capa normativa: el convenio estatal regula la relación laboral y Asturias regula la acreditación, los ratios, los requisitos del centro y su calendario territorial.

MateriaQué aporta AsturiasQué regula el convenio estatal de dependencia
Convenio de una residencia privadaNo hay un convenio autonómico vigente que desplace automáticamente el estatal en geriátricosÁmbito, jornada, clasificación, salarios, pluses, descansos y vacaciones
Ratios y autorización del centroRatio global por grado, mínimos de presencia y requisitos de acreditaciónNo fija la ratio autonómica de personal por residente
Ayuda a domicilioConvenio asturiano propio para SAD y afines, que excluye geriátricosRegula SAD estatalmente cuando sea el marco aplicable, con jornada diferenciada
ERA y centros públicosOrganización y empleo público del PrincipadoQuedan fuera por titularidad y gestión públicas
FestivosCalendario autonómico y dos festivos locales por concejoDescanso compensatorio, pluses y festivos de especial significación

Qué revisar antes de aplicar una condición

Primero identifica el centro y el servicio; después revisa si hay convenio de empresa, contrato o condición individual más beneficiosa. Un acuerdo de empresa puede mejorar condiciones, pero no puede rebajar las materias indisponibles del marco estatal. Por último, aplica la normativa asturiana para determinar la plantilla y el calendario de festivos del municipio concreto.

En resumen: para una residencia privada de mayores, «Asturias» no cambia la jornada anual estatal de 1.772 horas ni crea una tabla laboral alternativa; sí cambia la planificación necesaria para cumplir ratios y los días festivos que deben cubrirse.

6.Festivos del sector en Asturias

Para 2026, el calendario laboral de Asturias suma 12 fiestas nacionales y autonómicas. A estas se añaden dos fiestas locales por concejo, por lo que el cuadrante debe usar el municipio donde está ubicado el centro, no un calendario genérico de Asturias. Esta es la tabla de fechas generales publicada para el Principado.

FechaDíaFestividad
1 de eneroJuevesAño Nuevo
6 de eneroMartesEpifanía del Señor
2 de abrilJuevesJueves Santo
3 de abrilViernesViernes Santo
1 de mayoViernesFiesta del Trabajo
15 de agostoSábadoAsunción de la Virgen
8 de septiembreMartesDía de Asturias
12 de octubreLunesFiesta Nacional de España
2 de noviembreLunesTraslado de Todos los Santos
7 de diciembreLunesTraslado del Día de la Constitución
8 de diciembreMartesInmaculada Concepción
25 de diciembreViernesNavidad

Cómo se compensan los festivos en una residencia

Por cada jornada realizada en festivo, el convenio reconoce un día laborable de descanso compensatorio, sin que sustituya el descanso semanal mínimo. Salvo en contratos específicos de domingos y festivos, la jornada trabajada genera también el plus de domingo/festivo de la tabla salarial; para el turno de noche, el festivo se atribuye al día en que se inicia el turno.

Hay cuatro fechas de especial significación: el turno de noche del 24 al 25 de diciembre, los turnos de mañana y tarde del 25 de diciembre, el turno de noche del 31 de diciembre al 1 de enero y los turnos de mañana y tarde del 1 de enero. En esos casos se aplica el plus de festivo especial, no simultáneamente el plus ordinario de festivo. Para un/a gerocultor/a, la referencia calculada de ese plus en 2026 es 39,57 € por jornada especial.

Incluye las dos fiestas locales del concejo en el calendario anual antes de asignar vacaciones o publicar el cuadrante. Es la forma más sencilla de evitar que un festivo local quede tratado como un día ordinario en la cobertura, el descanso compensatorio o la nómina.

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Preguntas frecuentes

¿Qué convenio se aplica a las residencias privadas de Asturias en 2026?
Con carácter general se aplica el VIII Convenio Marco Estatal de Servicios de Atención a las Personas Dependientes. Su vigencia inicial terminó el 31 de diciembre de 2025, pero su contenido continúa aplicándose mientras se negocia el IX Convenio Marco Estatal. Hay que comprobar siempre si existe un convenio de empresa o una condición individual más favorable.
¿El convenio de ayuda a domicilio de Asturias sirve para una residencia de mayores?
No. El convenio asturiano de servicios de ayuda a domicilio, centros de día y afines excluye expresamente los geriátricos y las residencias de ancianos. Para una residencia privada de mayores se aplica habitualmente el convenio estatal de dependencia.
¿Qué ratio de personal se exige en una residencia de mayores de Asturias?
La ratio global es de 0,20 profesionales por persona no dependiente; 0,32 en grado I; 0,45 en grado II y 0,47 en grado III. Debe mantenerse durante todo el año y complementarse con los mínimos de presencia por turno que fija la normativa de acreditación del Principado.
¿Cuál es la jornada anual en residencias privadas según el convenio?
La jornada máxima anual para residencias privadas es de 1.772 horas desde 2025 y continúa como referencia en 2026 mientras se mantiene el VIII Convenio en ultraactividad. Se computa semestralmente. En ayuda a domicilio la jornada es de 1.735 horas, por lo que hay que identificar el servicio aplicable a cada persona trabajadora.
¿Cómo se compensa trabajar un festivo en una residencia de Asturias?
Por cada jornada realizada en festivo corresponde un día laborable de descanso compensatorio y, salvo para el personal contratado específicamente para domingos y festivos, el plus de domingo/festivo de la tabla. Navidad y Año Nuevo tienen un plus de festivo especial que no se acumula al plus ordinario por el mismo turno.

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